La cultura de paz en el sistema interamericano de derechos humanos
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Resumen
El objetivo del presente artículo radica en revisar si la cultura de paz ha sido reconocida en los instrumentos del sistema interamericano de protección de derechos humanos y en la jurisprudencia de casos contenciosos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que, al ser reconocida, permite reafirmar su carácter como derecho humano. Los hallazgos de la investigación arrojan que, en el sistema interamericano, la cultura de paz únicamente se reconoce en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aunque no como derecho per se; mientras que se encuentra referida en siete casos contenciosos (dos de los cuales están relacionados con medidas provisionales) de forma indirecta y no como derecho humano. A partir de ello, se considera que aún falta desarrollo y reconocimiento de la cultura de paz en el sistema interamericano de protección de derechos humanos, a diferencia del sistema universal que registra mayor avance en instrumentos declarativos. No obstante, la propuesta radica en su reconocimiento bajo los principios de universalidad e interdependencia que guarda con el derecho humano a la paz y utilizando una técnica derivativa. La importancia de su reconocimiento consiste no sólo en su valor simbólico, sino también en transitar de un valor discursivo hacia su justiciabilidad y exigibilidad como derecho humano.