INVESTIGACIÓN
Núm. 22 enero-junio de 2022
Sara Fadi Tomat*
Centro de Derechos Humanos, Universidad Metropolitana (Unimet).
Caracas, Venezuela.
sara.fadi@correo.unimet.edu.ve
Fabiola Alejandra Pérez Huérfano**
Centro de Derechos Humanos de la Unimet.
Caracas, Venezuela.
f.perez@correo.unimet.edu.ve
Sumario
I. Introducción; II. Crisis humanitaria compleja; III. Importancia del respeto a los derechos humanos en los procesos de deportación y asistencia a las personas migrantes; IV. Situación de las islas ABC; V. Cumplimiento de los 20 Principios del Global Migration Group de las Naciones Unidas; VI. Conclusiones; VII. Recomendaciones; VIII. Fuentes de consulta.
I. Introducción
La trata de personas es un fenómeno que se ha visto replicado en todas las fronteras. Sin embargo, esta problemática ha afectado en mayor medida a quienes, debido a su condición de vulnerabilidad, se encuentran desprovistas de las capacidades o herramientas para responder efectivamente ante un contexto adverso. Según el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional del año 2000, este delito se define como la captación, traslado, acogida o recepción de personas que han sido captadas bajo engaño o coerción con el objetivo de explotarlas bajo distintas modalidades, ya sea para trabajo sexual, trabajo forzoso, esclavitud u otras prácticas análogas a la esclavitud.1
Esta problemática, si bien puede ser confundida con el tráfico de migrantes, implica un accionar completamente distinto y, por ello, requiere penas y protocolos diferentes. En los casos de trata no es necesario que exista desplazamiento de la víctima fuera de su lugar de origen, pero sí implica una transgresión contra la persona que es sometida a explotación, mientras que el tráfico de migrantes vulnera las leyes del Estado donde se busca entrar ilegalmente. Adicionalmente, en los casos de trata la explotación tiene una duración indefinida, lo cual no ocurre con el tráfico de personas migrantes, donde la relación entre el captador y la víctima culmina una vez que ésta haya cruzado la frontera.2
Así pues, es claro que la trata de personas es un fenómeno que arremete directamente contra el disfrute de los derechos humanos de quienes caen víctimas de sus redes y, por lo tanto, exige una revisión profunda y delimitada. Entre los principales derechos que viola se encuentran el derecho a la vida, a la libertad, a la libre circulación, a la asociación, a no ser sometido(a) a esclavitud y al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.3 Por ello, ante su proliferación a escala mundial, los Estados han adoptado ciertas medidas para contrarrestarla, entre las cuales destacan: la obligación de identificar, proteger y apoyar a las víctimas; de reparar las violaciones de derechos humanos; de velar por el acceso a recursos y respuestas por parte de la justicia; de asumir planes de prevención; de monitorear el desarrollo del fenómeno dentro del país y de rendir cuentas sobre la efectividad de los planes implementados. Todo lo anterior en concordancia con los compromisos asumidos por los Estados parte del Protocolo de Palermo, especialmente en los artículos 6º, 9º y 10, contenidos en las partes II (Protección de las víctimas de la trata de personas) y III (Medidas de prevención, cooperación y otras medidas).
Al analizar el caso venezolano, resulta que las personas migrantes, de por sí afectadas por la crisis humanitaria compleja4 de su país, están más expuestas a las distintas modalidades de este fenómeno, lo que las hace entes vulnerables a ser víctimas de trata al emigrar a nuevos destinos.
Así, para efectos del presente artículo, las islas de Aruba, Bonaire y Curazao (islas ABC) fueron escogidas como objeto de estudio por su cercanía geográfica con Venezuela. Al pensar en migraciones y las distintas formas de movimientos migratorios que existen, los movimientos Sur-Norte han sido la tradición. Sin embargo, ha habido cambios en la dinámica de estos movimientos, de manera que ahora las migraciones Sur-Sur –mejor conocidas como migraciones entre países en vías de desarrollo– representan 37% de la migración global, convirtiéndose así en la forma de migración más común.5 Esto ocurre principalmente por la regionalización de las migraciones, entendiéndose que, en este caso particular, gran parte de quienes migran en Latinoamérica provienen de otros países de la región, por lo general de aquellos con los que comparten fronteras.
En el caso de las y los migrantes venezolanos, se tiene que 85% de éstos se ha establecido en algún país de América Latina y el Caribe. Por su parte, las islas ABC6 se han vuelto el destino de miles de personas venezolanas que han arribado a sus territorios desde el comienzo de la crisis migratoria, convirtiendo a Aruba (16%) y Curazao (10.1%) en los principales países receptores en relación con su población.7
Debido a la vulnerabilidad de esta población migrante, se parte de la hipótesis de que los casos de trata han visto un incremento desde el comienzo de la crisis migratoria. Sin embargo, esta problemática no ha recibido una respuesta adecuada por parte de las autoridades de las islas ABC, hecho que se traduce en una situación de desprotección de miles de personas y, a su vez, en la exacerbación de su condición de precariedad y en una violación sistemática a sus derechos humanos.
Por ello, esta investigación pretende responder a la pregunta: ¿cuál es el nivel de vulnerabilidad de las personas venezolanas migrantes en las islas ABC ante el fenómeno de la trata de personas? Para ello se indagará sobre los casos de trata que las presenta como sus principales víctimas en estos países y se evaluarán algunos aspectos de la respuesta institucional de cada isla ante esta realidad. Lo anterior, a través del estudio de casos que arrojen información sobre personas migrantes venezolanas, y así hacer una valoración preliminar sobre si los gobiernos respetan los 20 principios propuestos por el Global Migration Group en cuanto a las directrices sobre la protección de los derechos humanos de las personas migrantes en situación de vulnerabilidad.
II. Crisis humanitaria compleja
De manera oficial, en 2018 el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 39/1, donde establece que Venezuela atraviesa una crisis humanitaria compleja que se evidencia en el deterioro de la calidad de vida de su población, y que en primera instancia es provocada por problemas de índole política, es decir, creada por la acción –o inacción– humana.
Con el reconocimiento de esta problemática se conceptualiza el panorama que ocurre en Venezuela y que ha sido denunciado durante años por varios organismos nacionales e internacionales. Según la Encuesta Nacional de Condiciones de Vida8 64.8% de los hogares se encuentran en situación de pobreza multidimensional, lo cual ha posicionado a Venezuela como uno de los países con los índices de inseguridad alimentaria más elevados.9 Por otra parte, el país también se encuentra en una situación de precariedad extrema en cuanto al sistema de salud, que se manifiesta en el regreso de enfermedades hasta hace un tiempo erradicadas, en la falta de insumos en los hospitales y en la muerte de personas como consecuencia de enfermedades prevenibles o tratables.10 Adicionalmente, se ha verificado un incremento en la actividad informal y el desempleo en el país. Dada la fragilidad de la economía, alrededor de 370 000 empresas han cerrado desde 1998,11 lo cual ha dejado a 44% de la población económicamente inactiva12 o en situación de precariedad laboral.
Por último, el éxodo venezolano ha alcanzado niveles altos; más de 5.5 millones de personas han emigrado en búsqueda de un mejor futuro.13 Si no se logra un acuerdo en pro del bienestar de la población, esta crisis tiene probabilidades de empeorar en los próximos años, pudiendo llegar a 7 millones de personas migrantes de acuerdo con los cálculos de la Organización de los Estados Americanos (OEA).14
Debido a su situación de vulnerabilidad, las personas migrantes son víctimas frecuentes de las redes de trata de personas que operan dentro de Venezuela, las cuales se encuentran conectadas a otros destinos que, como lo advierte el ya mencionado Protocolo, les permiten explotar a las víctimas en contra de su voluntad y generar dividendos a costa de su integridad física y mental.15
III. Importancia del respeto a los derechos humanos en los procesos de deportación y asistencia a las personas migrantes
El adecuado trato a las personas migrantes al momento de llegar a un país es de suma importancia para garantizar el respeto a sus derechos humanos. A pesar de ser migrantes, muchas veces indocumentadas, como es el caso de las personas venezolanas que buscan asentarse en las islas ABC, el hecho de que se encuentren fuera de su país de origen no significa que deban tener desprovisto el disfrute de sus derechos.
A lo largo de esta investigación se evaluará si las autoridades migratorias de las islas ABC han implementado prácticas acordes a los siguientes 20 principios para el trato de migrantes en condición de vulnerabilidad, propuestos por el Global Migration Group de las Naciones Unidas.
1. Primacía de los derechos humanos, 2. No discriminación, 3. Acceso a la justicia, 4. Rescate y atención inmediata, 5. Asegurar que las medidas tomadas en las fronteras respeten los derechos humanos, 6. Devolución basada en el respeto a los derechos humanos, 7. Protección contra la violencia y la explotación, 8. Erradicar la detención migratoria, 9. Proteger la unidad familiar, 10. Trato adecuado a los menores de edad inmigrantes, 11. Trato adecuado a las mujeres y niños migrantes, 12. Derecho a la salud, 13. Derecho a un adecuado estándar de vida, 14. Derecho al trabajo, 15. Derecho a la educación, 16. Derecho a la información, 17. Asegurar el adecuado monitoreo de los movimientos migratorios, 18. Respeto y apoyo a las actividades de los activistas de los derechos humanos, 19. Recolección de data relacionada al estatus de los derechos humanos en los movimientos migratorios, 20. Promover políticas migratorias basadas en género y el respeto a los derechos humanos.16
Con esto se busca evaluar si la actuación de las y los funcionarios migratorios de las islas ante la llegada masiva de personas migrantes venezolanas al territorio se encuentra enmarcada en la protección de los derechos humanos de estas personas en condición de vulnerabilidad.
IV. Situación de las islas ABC
Algo importante que resaltar es que las islas de Aruba, Bonaire y Curazao, a pesar de haber obtenido cierta autonomía del Reino de los Países Bajos, aún dependen de éste en varios aspectos, y es que
Aruba, Bonaire y Curazao se convirtieron en territorio holandés en el siglo XVII. En 1986, Aruba se constituyó en un estado autónomo dentro del Reino de Holanda. En 2010, Curazao adquirió una condición similar mientras Bonaire pasó a ser un municipio especial. [...] Sin embargo, no fue una independencia completa sino un arreglo por el que, a pesar de tener autonomía en temas políticos y de gobierno, todavía dependen en asuntos como defensa y relaciones exteriores de lo que se decida en Holanda.17
Por lo anterior, muchos de los tratados y pactos a los que están sujetos es por su relación y dependencia de Holanda, su impacto podrá ser apreciado más adelante en los planes implementados por los gobiernos de las islas en relación con la lucha contra la trata de personas.
Sin embargo, las islas ABC han podido desarrollar sus propios ordenamientos nacionales basados en interpretaciones de los principios establecidos en los Países Bajos. Es decir, cada isla es responsable por las medidas específicas que toma para lidiar con la trata de personas, lo cual marca una diferencia en la capacidad de respuesta. La WTU-BES (vigente en Bonaire), la National Ordinance on Admission, Expulsion and Removal (vigente en Aruba) y la Immigration Law of Curaçao regulan las acciones a emprender en las fronteras y de acuerdo con las referencias presentadas más adelante, se puede concluir que las aplicadas en Bonaire y Curazao son de carácter restrictivo,18 mientras que las de Aruba presentan cierta laxitud en cuanto a la acogida de personas migrantes dentro de su territorio.
Asimismo, se ha detectado que estas herramientas no han sido aplicadas de la manera más adecuada, lo que ha propiciado un alto nivel de opacidad y dificultad a la hora de establecer el alcance o la magnitud de las redes de trata y diversas formas de esclavitud moderna en las islas ABC, esto según estudios de la Organización Internacional para las Migraciones19 que confirma su existencia basada en entrevistas con 34 informantes clave. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la preocupación por la presencia de redes de trata no es nueva, pues desde marzo de 2005 la trata de personas en países del Caribe –entre ellos las Antillas Neerlandesas– ha llamado la atención de la OEA. De aquí que en una iniciativa de la Organización de los Estados Americanos en conjunto con la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) y la Organización Interamericana para las Migraciones se convocó por primera vez a una reunión con la presencia de representantes de toda la región para discutir sobre el problema de la trata y específicamente con la intención de analizar y de hacer seguimiento a un proyecto no sólo de investigación sino también de capacitación planteado para los países caribeños. En esa reunión el embajador Henry Illes –representante permanente de Surinam ante la OEA y coordinador de la Comunidad del Caribe (CARICOM para el momento)– resaltó que “muchos ciudadanos desconfían de sus agentes policiales y funcionarios de aduana e inmigración, creyendo que algunos de ellos son sumamente corruptos”.20
Además, entre el 3 y 9 de abril de 2018, en el marco del proyecto contra la trata de personas en el Caribe, la Interpol llevó a cabo la operación Libertad, con la cual se rescataron 350 víctimas de explotación sexual y trabajos forzosos y además resultó en la detención de 22 personas. Hombres, mujeres, niñas y niños fueron rescatados de minas, mercados al aire libre, clubes, fábricas y plantaciones agrícolas, y hubo casos similares en los 13 países participantes, de los cuales Aruba, Curazao formaban parte.21
Por otro lado, en 2021 el secretario de Estado del Reino de los Países Bajos, Broekers-Knol, estuvo respondiendo a una serie de preguntas por parte de los parlamentarios Ceder, Bikker, Van den Berg y Kuik sobre el mensaje “Saint Maarten quiere ayuda de los Países Bajos en la industria del sexo”, esto en torno a los comentarios sobre el enfoque de la trata de personas en el Estado de la Aplicación de la Ley en el Caribe Neerlandés y los informes TIP sobre los Países Bajos, Saint Maarten, Curaçao y Aruba.22
Al respecto, el secretario comentó que, a pesar de que los gobiernos de las islas son quienes deciden cómo enfocar los esfuerzos y las políticas que se toman en cuanto a la trata de personas, el Reino colabora con todos los países que lo conforman a la hora de tomar ese enfoque. Todo esto debido a la importancia que tiene la lucha contra la trata de personas en la parte caribeña del Reino, y que parte del Memorándum establece que la cooperación se iría profundizando con el tiempo y se revisaría periódicamente, siendo la última evaluación en 2018.
Sin embargo, agrega que de acuerdo con los resultados de los recientes informes, puede observar que a pesar de los esfuerzos realizados en los últimos años, por parte de las islas éstos han sido insuficientes y aún no se encuentran en condiciones para poner en práctica o aplicar todos los acuerdos contenidos en el Memorándum.
En respuesta a informes anteriores, se han tomado medidas importantes para mejorar la posición de la información, entre otras cosas, mediante la introducción y puesta en funcionamiento del registro temático en los Países Bajos del Caribe.23
Por consiguiente, los ministros de justicia de las islas buscaron reforzar el enfoque de la lucha contra la trata de personas y los resultados serán incorporados a la revisión del Memorándum a realizarse en 2022.
Aruba
Por su cercanía a las costas venezolanas, Aruba es uno de los destinos más frecuentes, tan solo en 2019 esta isla, en relación con su población, acogió el mayor número de personas venezolanas desplazadas al extranjero (una de cada seis). Se cree que alrededor de 17 000 personas refugiadas y migrantes venezolanas están presentes en Aruba desde finales de 2020, cifra que aumentó a 20 000 en diciembre de 2021, ello a pesar de las restricciones fronterizas y de los requisitos de visado recientemente implementados.24
Al ser una localidad dependiente del turismo, resulta un destino atractivo para quienes deseen obtener ingresos laborando como camareros en bares o restaurantes o en otros servicios de esta rama, a través de un trabajo con disponibilidad inmediata.
Dado su estatus en el país, muchas veces ilegal, las personas migrantes venezolanas se sienten atraídas por estas ofertas de empleo que ocurren al margen de la ley, ya que el proceso para obtener la residencia legal implica una inversión de tiempo y recursos considerables, lo cual no es accesible para la mayoría de ellas. Por lo tanto, como lo ha evidenciado la Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes (R4V), las personas migrantes se convierten en entes invisibles para el sistema arubeño, que presenta considerables fallas en la implementación de sus protocolos de investigación y protección; un contexto que impulsa la desconfianza por parte de la persona migrante hacia las autoridades y promueve el silencio ante los esquemas de explotación.25
Hay quienes parten hacia Aruba con una visa o un permiso, pero luego exceden el tiempo de estadía permitido y se convierten en migrantes irregulares, mientras que otros ingresan al territorio arubeño de forma ilegal por medio de botes, peñeros o lanchas, como en ciertos casos que se expondrán a continuación. Esta situación los coloca en una situación de vulnerabilidad a la explotación o la deportación. Además, su situación de ilegalidad los priva de tener acceso al sistema de salud y a empleos formales.
Aruba, como parte de su respuesta, ha implementado esfuerzos en distintas áreas. El más notable fue la promulgación de una ley antitrata26 en 2006 y la creación de campañas de concientización, como la difundida en 2011 bajo el nombre de “Habri Bo Wowo” o “Abre Tus Ojos”,27 la cual consistió en distribuir afiches en holandés, español, inglés y papiamento con información sobre cómo identificar a una posible víctima de trata.28 Asimismo, puso en funcionamiento un número telefónico de ayuda que opera las 24 horas del día para reportar posibles casos.
También, en 2006 fue aprobado el artículo penal contra la trata de personas29 y meses más tarde, en enero de 2007, un equipo multidisciplinar de consultores en política migratoria creó el Equipo de Trabajo contra el Tráfico y la Trata de Personas en Aruba, cuyos objetivos principales son los de presentar propuestas de políticas para prevenir y combatir la trata de personas, y la sensibilización de la población. Por otro lado, y de forma independiente al Grupo de Trabajo se encuentra el Comité de Revisión sobre Trata de Personas, que tiene como mandato analizar los reportes de casos de trata y tráfico de personas y decidir si se inicia una investigación exhaustiva sobre los incidentes presidida por un coordinador nacional.30 Del mismo modo, las islas subscribieron el Memorándum de Entendimiento para los Países del Reino de los Países Bajos,31 una herramienta que tiene como meta mejorar la cooperación entre estos países en cuanto al tráfico y la trata de personas. Este acuerdo demanda la creación de un equipo multidisciplinario para atacar el problema y abarca actividades como la implementación de políticas migratorias, inspecciones laborales y la investigación y prosecución de casos.
Así, si bien existen protocolos y leyes para combatir la trata de personas, se ha podido observar que en 2019 no se han referenciado víctimas a través de este sistema,32 lo que podría confirmar que los esfuerzos del gobierno de Aruba para combatir la trata de personas dentro de su territorio y proteger a las víctimas han disminuido en gran medida. En efecto, el gobierno no informó sobre la identificación de ninguna víctima en 2019, en comparación con dos en 2018, 71 en 2017 y nueve en 2016, sin embargo, las autoridades expresaron que la llegada de personas migrantes y refugiadas venezolanas que sobrepasan el plazo de sus visados y trabajan ilegalmente –a partir de 2018– siguió afectando los esfuerzos de Aruba para combatir la trata.33
Esto no solamente es perjudicial para la investigación de los casos de trata en la isla, sino que va en contra del principio 17 del Global Migration Group acerca de Asegurar el adecuado monitoreo de los movimientos migratorios. Al no informar cabalmente sobre los índices de trata en la isla, las personas migrantes venezolanas se encuentran en riesgo de ser víctimas de las redes que hacen vida en el país, sin que las autoridades policiales generen esfuerzos para identificarlas y poder rescatarlas. Hecho que también viola el séptimo principio Protección contra la violencia y explotación.
Curazao
La Isla de Curazao, ubicada a 691 km de Venezuela, es un destino que por su cercanía ha atraído a más de 16 500 migrantes venezolanos.34 Algunos llegaron a través de vuelos comerciales y se quedaron en la isla más tiempo del que permitía su visa y otros optaron por arriesgarse a atravesar el mar con embarcaciones que zarparon desde las costas venezolanas.
Este destino, que anteriormente recibía a miles de turistas venezolanos, ahora se ha convertido en el centro de denuncias de maltrato a personas migrantes, quienes se encuentran en búsqueda de oportunidades para subsistir en otras fronteras.35
Antes de la consolidación de la crisis venezolana, el tráfico y la trata de personas ya eran una realidad tanto en Curazao como en el resto de las islas ABC, tal y como se expresa en páginas anteriores. Personas migrantes colombianas, dominicanas y haitianas, en su mayoría, eran atraídas por reclutadores con la promesa de percibir salarios altos trabajando en la industria turística, en construcciones, en actividades relacionadas con la minería y como trabajadoras y trabajadores domésticos.36
Una vez en el país, la oferta prometida se convertía en explotación sexual, trabajos forzados u otras formas de esclavitud moderna. Este mismo patrón es el que se ha repetido con las personas venezolanas, quienes no tienen acceso a mecanismos de regularización y sufren maltratos por parte de los oficiales de inmigración, quienes utilizan medidas coercitivas como amenazas, torturas, retención de documentos o un esquema de servidumbre por deudas.37
Ha sido posible, además, observar un retroceso en la capacidad de identificar víctimas por parte del gobierno de Curazao, lo que se ve reflejado en la identificación de tan sólo tres víctimas en 2019, en comparación con 44 en 2018; el riesgo de ser víctima de trata afecta tanto a los locales como a los turistas, en el caso de las personas migrantes provenientes de Venezuela, que excedieron su estadía en la isla en 2019, son consideradas como de alto riesgo a ser víctimas de las redes trata que operan ahí.38
RESPUESTA INSTITUCIONAL
Para comprender la situación de las personas migrantes venezolanas en la isla es necesario analizar la respuesta institucional ante la llegada de miles de personas a su tierra. Las autoridades han detenido a las venezolanas y los venezolanos que llegan a sus costas o que se encuentran en el país de forma irregular, sin brindarles oportunidad para acceder a protección internacional y deportándolos en el medio que permita su pronto regreso a Venezuela.39
El gobierno de Curazao, consciente de los flujos migratorios de personas venezolanas que están llegando a la isla desde el comienzo de la crisis, ha impulsado ciertos esfuerzos cuyos objetivos comunes han sido abordar la situación migratoria de las personas que se han radicado en el país y evitar que más puedan entrar a la isla y establecerse. Esto último ha sido la más evidente en cuanto a la respuesta a la migración masiva de personas venezolanas, ya que ha planteado una estrategia de expulsión activa,40 mediante la cual han frustrado la llegada de más migrantes.
Entre los mecanismos utilizados para ello se encuentra el uso de radares, unidades marítimas y aéreas para detectar la presencia de migrantes cerca de Curazao, quienes usualmente intentan alcanzar la costa a través de embarcaciones precarias.41 Una vez identificadas, las autoridades proceden a la detención y posterior retorno a su país de origen, hechos que contravienen los principios de erradicar la detención migratoria y la devolución basada en derechos humanos, ya que los centros de detención no cuentan con las condiciones necesarias para su acogida, y la devolución se realiza sin que éstas puedan acceder a protección internacional en caso de que su integridad personal corra peligro en su país de origen.42
Del mismo modo, en cuanto a la trata de personas, Curazao ha adelantado algunos esfuerzos para prevenir que las personas venezolanas migrantes se conviertan en víctimas de sus redes. Un ejemplo de ello es la aprobación de un Plan de Acción entre 2017 y 2019, una línea directa de apoyo a las víctimas y el aumento de los esfuerzos de la Fiscalía General y el Ministerio de Asuntos Sociales para medir la prevalencia de trata en personas menores de edad y las tácticas utilizadas para atraerlas.43
Si bien se celebra la implementación de estas iniciativas, lucen insuficientes para proteger a las venezolanas y los venezolanos de las distintas modalidades de trata a las cuales, debido a la vulnerabilidad generada por su contexto de origen, se encuentran gravemente expuestos. En particular, porque la política de detención y devolución de migrantes genera miedo en la población, lo cual impide la denuncia e investigación de posibles casos de trata. El temor a ser devueltos a Venezuela y las medidas restrictivas tomadas por el gobierno de Curazao invisibilizan a las personas migrantes ante las autoridades que podrían ayudarlas. Asimismo, la falta de políticas de regularización obliga a muchos a aceptar trabajos precarios, sin el adecuado registro y supervisión por parte de las autoridades competentes, lo cual exacerba el peligro de que caigan en situaciones de trabajo forzoso y explotación.44
LEGISLACIÓN MIGRATORIA
La legislación migratoria de Curazao ha sido el instrumento de las autoridades migratorias para aplicar una estrategia de detención y deportación activa ante la llegada de las personas migrantes venezolanas. Si bien la isla comparte la mayoría de los tratados migratorios establecidos por el Reino de los Países Bajos, hace una importante omisión al no reconocer la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados,45 la cual define el término refugiado, las obligaciones del Estado cuando se acude a éste para obtener protección, además de que especifica los protocolos a seguir al respecto. Y dicha omisión disminuye las posibilidades de venezolanas y venezolanos de tramitar este estatus e insertarse en la sociedad curazoleña.
Desde julio de 2017 el único procedimiento al cual las personas migrantes pueden recurrir para obtener protección en Curazao se encuentra en el artículo 3º del Convenio Europeo de Derechos Humanos (del cual forma parte el Reino de los Países Bajos), ya que prohíbe la deportación si el país de origen de la persona migrante supone un peligro para su integridad y, específicamente, si puede sufrir tortura o maltrato.46 Sin embargo, para ser sujeta de esta protección, la persona migrante debe presentar, al momento de su llegada, una solicitud a las autoridades de control fronterizo o a la sección de inmigración de la Policía de Curazao. Si no cumple con este requisito, se asume que renuncia al derecho de ser considerada como refugiada, lo cual hace que quede en condición de indocumentada y sin protección institucional.47
A partir del 15 de enero de 2021 se comenzaron a solicitar visas a las venezolanas y los venezolanos que desean ingresar a las islas ABC, ya sea en condición de turista o con otros objetivos. En el caso de Curazao, las peticiones de visa deben tramitarse mediante un correo electrónico institucional y el costo de los servicios consulares asciende a 80 euros, excluyendo los gastos administrativos que se puedan generar.48 Si bien esta medida se ha implementado en todas las islas, corresponde a la estrategia de inmigración restrictiva que está desarrollando Curazao y que busca evitar la llegada de más migrantes a través de la creciente imposición de controles.
MALTRATO A LAS PERSONAS MIGRANTES VENEZOLANAS EN LA ISLA DE CURAZAO
Las personas migrantes venezolanas en la isla de Curazao sufren las consecuencias de un sistema que no puede asistirlos. Como podremos observar en los siguientes párrafos, en años recientes se han identificado presuntos casos de trata involucrando a venezolanas y venezolanos, producto de redes que se han creado entre Venezuela y las islas ABC con el objetivo de captar migrantes necesitados de transporte y de oportunidades laborales.
En junio de 2019 un bote con 30 pasajeros desapareció en ruta hacia Curazao. El cuerpo de un venezolano fue hallado en las playas de la isla, pero el resto de los pasajeros no fueron encontrados.49 En circunstancias parecidas, el venezolano Jhonny de Jesús Romero desapareció en alta mar cuando se dirigía a la isla desde las costas de Falcón a bordo de un barco improvisado, habiendo pagado entre $200 y $400 por el traslado. Los pasajeros que se embarcaron en este viaje fueron despojados de sus pertenencias personales, y desde el momento en que salió el bote perdieron contacto con sus familiares.50 Este acontecimiento demuestra que los protocolos vigentes en Curazao para atender a las personas que arriban de forma irregular al país no garantizan la protección y asistencia adecuada de éstas en la frontera, contraviniendo las recomendaciones 4. Rescate y atención inmediata y 5. Asegurar que las medidas tomadas en las fronteras respeten los derechos humanos del Global Migration Group.
Asimismo, un gran número de mujeres venezolanas que llegan a Curazao terminan trabajando como camareras en snack bars.51 Estas jóvenes son traídas a la isla por los dueños de estos establecimientos y deben pagar con su trabajo o someterse a prostitución forzada para pagar los gastos incurridos por el traslado y los costos generados con su estadía. Lo anterior crea una dinámica de servidumbre por deudas, una forma de esclavitud común entre las poblaciones migrantes.52
Por otra parte, la falta de un estatus regular para las personas migrantes venezolanas ha tenido como consecuencia la falta de acceso a los servicios de salud (por ejemplo, en el caso de quienes ejercen la prostitución, para realizarse pruebas de enfermedades de trasmisión sexual) y la imposibilidad de presentar denuncias ante los entes competentes por miedo a la deportación.53
No sólo se les niega el derecho a la salud y a la protección, sino que se han reportado casos en los que las y los funcionarios de inmigración han cometido abusos en contra de las personas migrantes venezolanas que se encuentran detenidas en espera del regreso a su país.54
Entre las violaciones a derechos humanos realizadas por funcionarios policiales y de inmigración de Curazao55 se encuentran: las detenciones arbitrarias, las deportaciones de personas menores de edad, la separación de personas menores de edad de sus padres, el hacinamiento, las condiciones precarias en celdas de detención (algunas personas detenidas señalaron haber sido víctimas de xenofobia, alegando que fueron tratadas como animales, e incluso se evidenció el caso de maltrato a una mujer embarazada, el cual derivó en un aborto espontáneo que no fue atendido de manera urgente y puso en riesgo la vida de la madre) y la constante negación a brindar asistencia para obtener asilo o protección por parte de las autoridades.
Lo anterior representa una violación grave a los principios de no discriminación, al trato adecuado a las personas menores de edad inmigrantes, al trato adecuado a mujeres y niños migrantes y el derecho a la salud, lo que demuestra la falta de una respuesta institucional eficaz y apropiada ante la llegada de las personas migrantes venezolanas. El gobierno de Curazao, especialmente, no parece velar por el bienestar de las personas venezolanas que llegan a su territorio, y no sólo por la negligencia de las autoridades, sino por los malos tratos conferidos hacia estos migrantes,56 lo cual, además, va en contra de lo establecido en el principio 13. Derecho a un adecuado estándar de vida, ya que les niegan los derechos más básicos con los que toda persona debería contar, solamente por el hecho de provenir del exterior y no poder acceder a un estatus migratorio legal.
Bonaire
De las personas que se encuentran ilegalmente en Bonaire, se estima que la mayoría entró al país de forma legal como turista, pero ya ha excedido el tiempo máximo de estadía en la isla.57 Al ser un territorio de baja intensidad poblacional (en 288 km² viven 20 000 personas aproximadamente) la migración de personas venezolanas (658 registradas residiendo legalmente en 2021, la tercera comunidad latina más grande en la isla),58 se ha traducido en un aumento de las personas extranjeras detenidas en la isla desde 2015, así como también en el número de personas que solicitaron un permiso de trabajo.59
Durante los últimos cinco años se ha informado de la existencia de esquemas de trata de personas en las Islas BES (de las cuales forma parte Bonaire).60 Esta localidad también sigue el patrón de los otros dos casos estudiados, donde las víctimas son atraídas con la promesa de un trabajo de alta remuneración y terminan siendo explotadas principalmente en modalidades de servidumbre doméstica y de trabajo forzoso en las áreas de agricultura, ventas y construcción. Las mujeres usualmente son explotadas sexualmente y algunos migrantes que trabajan en restaurantes o bares son susceptibles de convertirse en servidumbre por deudas.61
Ante este panorama, las instituciones bonaerenses se encuentran sobrepasadas, al no contar con experiencia en lidiar con olas migratorias –dada la rapidez con la que arribaron las personas migrantes a la localidad– y sin suficientes recursos para atender sus principales necesidades, lo que ha dado lugar a situaciones de vulnerabilidad y precariedad.62
Ahora bien, según la Ley de Admisión de las Antillas Neerlandesas de 2010 (WTU-BES) la política migratoria debe ser restrictiva, aunque sorprende el hecho de que durante esta investigación no se han encontrado reportes oficiales actualizados sobre los resultados de la aplicación de dicha ley o la situación de las personas migrantes venezolanas en esta isla, hecho que impide presentar un panorama claro acerca de sus condiciones.
Así, las acciones de Bonaire implican la violación del principio número 3 Acceso a la justicia del Global Migration Group, ya que se dificulta a las personas migrantes venezolanas el disfrute de su derecho a aplicar a un proceso de asilo para residir legalmente en la isla.
Del mismo modo, Bonaire suscribe el Memorándum de Entendimiento,63 el cual delinea las directrices para la colaboración entre las islas ABC en cuanto a la trata y el tráfico de personas. Sin embargo, estos esfuerzos parecen escasos frente a la magnitud del problema, ya que no se han iniciado investigaciones ni enjuiciamientos a las y los involucrados en los casos de trata detectados en Bonaire y tampoco se han impulsado iniciativas de concientización sobre el problema en la población local. Solamente en enero de 2012 se dio lugar a dos días de entrenamiento antitrata para las y los oficiales, esto de la mano de personas expertas en el tema, además de que se creó una línea de atención que está disponible las 24 horas para denunciar casos de trata.64
V. Cumplimiento de los 20 Principios del Global Migration Group de las Naciones Unidas
Las tres islas son firmantes de varias convenciones y tratados, como la European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms, el Protocolo de Palermo, la Convención de Refugiados (exceptuando a Curazao) y en sus constituciones y leyes prohíben la esclavitud y penalizan la trata de personas. Sin embargo, en la práctica han omitido la protección de varios derechos fundamentales e inalienables, como el derecho al acceso a la justicia, a la protección en caso de riesgo, a aplicar el asilo, a respetar su unidad familiar, a velar por su bienestar físico y mental, entre otros.
Se identifican elementos contrarios a ese principio tras la evidencia del trato discriminatorio por parte de las autoridades migratorias y policiales hacia las personas migrantes venezolanas al momento de encontrarse detenidas, sobre todo en Curazao, donde este problema no parece un hecho aislado sino a un accionar sistemático que busca disuadir a las personas migrantes venezolanas de entrar al territorio.
En algunos casos se viola el debido proceso al momento de detener a personas migrantes. Esto se detectó mayormente en Aruba y Curazao, donde las personas migrantes, y más aún las víctimas de trata, no pueden acceder con facilidad a un mecanismo de protección y reparación tras un hecho que implique un daño, ello debido a la falta de documentación, lo que impide formalizar una denuncia. Además, el hecho de obstaculizar el proceso de asilo –detectado en Aruba, Bonaire y Curazao– también afecta el acceso a la justicia de las personas migrantes.
Los gobiernos de las islas ABC han desplegado operativos, tanto de manera individual como conjunta, para monitorear y proteger sus fronteras marítimas de la llegada de personas provenientes de Venezuela. Aquellas que durante algún operativo logran ser captadas por las fuerzas migratorias son llevadas a tierra firme, sin embargo, otras más han fallecido en mar abierto o se encuentran en calidad de desaparecidas. Asimismo, varios informes han reportado que en el proceso de acogida y procesamiento de las personas migrantes suelen presentarse irregularidades;65 por ejemplo, el hecho de que se les impida aplicar a una solicitud de asilo, que permanezcan en condiciones infrahumanas en los centros de detención y que sufran maltratos a manos de funcionarios migratorios –sobre todo en Curazao– son muestras de una grave violación a este principio.
Las tres islas establecen en sus constituciones que los casos de personas migrantes se tratarán según las regulaciones nacionales. Además, los Países Bajos han proporcionado a la Guardia Costera del Caribe Neerlandés material y personal para interceptar a quienes llegan irregularmente por mar, ello a pesar del alto riesgo que corren estas personas de sufrir violaciones a sus derechos humanos en tierra,66 hecho que busca desincentivar la migración ilegal y pone en riesgo a quienes emprenden tal travesía.
Este principio es violado al omitir la inestable situación de Venezuela al momento de retornar a las personas migrantes, como se evidencia en los operativos de expulsión masiva realizados por las autoridades de Curazao.67
Se incumple al considerar el trato a veces violento de las fuerzas del orden hacia las personas migrantes venezolanas y la imposibilidad de éstas de recibir protección contra abusos y maltratos, y ser víctimas de redes de trata de personas debido a su estatus migratorio que las coloca en una situación de vulnerabilidad. Además, considerando la falta de acceso a mecanismos de asilo o a permisos de permanencia (algo presente en las tres islas), se invisibiliza a la persona migrante ante los sistemas de protección vigentes.
Si bien esta situación se detectó principalmente en Curazao,68 donde la detención de migrantes es frecuente dada la falta de acceso a mecanismos de estadía legal en las islas, se puede inferir que este comportamiento también afecta a la comunidad de personas migrantes venezolanas en los demás territorios, quienes limitan sus movimientos por el riesgo a ser deportadas.
9 y 10. Proteger la unidad familiar y Trato adecuado a las y los menores de edad
Estos principios fueron violados en los centros de detención, pues se detectó, principalmente en Curazao,69 que personas menores de edad habían sido separadas de sus padres.
11 y 12. Trato adecuado a las mujeres y niños migrantes y Derecho a la salud
Estos principios no son respetados; por ejemplo, en Curazao se sometió a una mujer embarazada a tratos que pusieron en riesgo su estado, conllevando a la pérdida de su hijo no nacido; en tanto que en las tres islas se ha entorpecido el acceso a mecanismos de regularización de las personas migrantes venezolanas, y la falta de identificación vigente en el país impide el acceso al sistema de salud nacional.
Esta violación se comprueba en todos los territorios estudiados, dada la falta de acceso de las personas migrantes a los servicios de salud, a la protección de las leyes laborales y a la justicia mediante la denuncia, esto debido a la carencia de un documento de identificación vigente en el país.
14 y 15. Derecho al trabajo y Derecho a la educación
Estos derechos son vulnerados por los gobiernos de las islas ABC al no atajar la situación de ilegalidad de algunas personas migrantes venezolanas que viven en la isla. Este factor es determinante en el aumento de los índices de trata, ya que al no poder acceder a un trabajo legal y estable, las personas son contratadas a través de esquemas precarios, lo que aumenta las probabilidades de que sean sometidas a explotación. Esto también se presenta en personas menores de edad, quienes no pueden insertarse en el sistema educativo, ya que no cuentan con la documentación que les permita formalizar una inscripción en alguna institución.
Es necesario subrayar la opacidad por parte de las instituciones de cada país en cuanto a la publicación y publicidad de índices de trata de personas y sobre el estatus general de las personas migrantes. A lo largo de esta investigación no se encontraron cifras actualizadas oficiales en torno a esta temática en ninguna de las islas, sólo se pudo tener un acercamiento a través de informes de organizaciones no gubernamentales o de instituciones internacionales.
La falta de datos oficiales sobre índices de trata de personas y de reportes periódicos sobre el estatus de los migrantes en las islas, aunada a la opacidad en torno al trato a las personas venezolanas (sobre todo en las islas de Aruba y Bonaire), impiden el adecuado monitoreo de estos movimientos migratorios.
La asistencia de las personas migrantes ha sido llevada a cabo principalmente por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y la Cruz Roja Internacional, instancias que han desplegado activistas para asistir a estas personas en su búsqueda de legalidad y en procurar que sus necesidades básicas estén cubiertas. Sin embargo, se ha reportado que en Curazao, para evitar un conflicto entre los intereses de los locales y los de las personas migrantes, la Cruz Roja suspendió sus operaciones de asistencia a las y los migrantes venezolanos en 2019.70
El registro disponible al público de la situación de las personas venezolanas migrantes residentes en las islas ABC es administrado por organizaciones no gubernamentales. El primer paso para emprender acciones en cuanto a la mejora del acceso a los derechos humanos es reconocer e investigar las distintas problemáticas del contexto. La no disponibilidad de estos informes realizados por fuentes oficiales implica una omisión del problema y un fallo en la rendición de cuentas, lo cual entorpece la ejecución de planes efectivos y coordinados para contrarrestar las distintas carencias que se presentan.
Se evidencia el incumplimiento de este principio en Curazao, donde la estrategia de expulsión activa –si bien fue implementada debido a la incapacidad de la isla para atender la gran cantidad de migrantes– ha probado no ser adecuada para salvaguardar el bienestar de las venezolanas y los venezolanos durante los procesos de detención y devolución. Sin embargo, a lo largo de esta investigación se detectaron carencias también en Aruba y Bonaire, donde la falta de acceso a mecanismos de regularización pone en riesgo el disfrute de las personas migrantes venezolanas de sus derechos inalienables.
VI. Conclusiones
Debido a su proximidad con Venezuela, las islas de las Antillas Holandesas son un destino frecuente para las personas migrantes venezolanas. Tal condición ha provocado una migración masiva para la cual sus estructuras sanitarias, educativas o laborales no están concebidas. En consecuencia, las medidas tomadas por estos gobiernos han tendido más hacia la deportación que hacia la acogida.
Sin embargo, esto no ha detenido la llegada de personas por vías no legales y ha provocado que miles de personas venezolanas se encuentren residiendo bajo la jurisdicción de un Estado que no puede brindarles la adecuada atención o protección frente a los abusos de las autoridades migratorias o de particulares dentro del territorio. Tal desprotección contribuye a explicar los importantes índices de trata de personas que afectan a esta población vulnerable.
Como se ha comprobado durante la elaboración de esta investigación, la falta de atención adecuada deviene en la proliferación de problemáticas como la trata de personas; un delito que no sólo afecta a las personas venezolanas –aunque es claro que son las principales víctimas– sino que pone en peligro también a las personas locales.
Entonces, a pesar de la falta de cifras oficiales, se ha observado que existen las condiciones necesarias para el desarrollo de esquemas de trata en las islas de Aruba, Bonaire y Curazao. Adicionalmente, se han documentado varios casos de trata en las islas que han involucrado a miembros de la población venezolana como principales víctimas. El patrón más evidente en tales casos es la incapacidad de la víctima para acceder a las autoridades competentes, ello ante el temor de la deportación, la discriminación y los abusos de los funcionarios migratorios de las islas, hecho que demuestra una situación de vulnerabilidad exacerbada. Vivir ilegalmente en las islas ABC es ser invisible, una situación que aumenta considerablemente las probabilidades de ser víctima de las redes de trata que se aprovechan de tal situación.
Asimismo, es necesario destacar que, si bien los tres territorios suscriben tratados y leyes internacionales relativas al trato a personas migrantes con base en el respeto a sus derechos humanos, su implementación presenta graves limitaciones que ponen en riesgo el bienestar de quienes llegan a las islas. Lo mismo ocurre con el desarrollo en la práctica de los planes antitrata, los cuales son insuficientes para atacar la magnitud del problema y ofrecer una protección adecuada.
VII. Recomendaciones
La principal recomendación es promover legislaciones migratorias –así como su cabal aplicación– que tengan como principio rector el respeto a los derechos humanos de las personas migrantes y la atención adecuada y pertinente hacia éstas. Lo anterior permitiría generar un contexto propicio para la denuncia en caso de malos tratos o de trata de personas, con el fin de sancionar los casos presentes en los territorios de las islas ABC y de erradicar esta violación grave a los derechos humanos. Los gobiernos de estas localidades deben reconocer que ningún ser humano es ilegal y que, sin importar su condición económica, social o de origen geográfico, toda persona debe ser tratada según los principios establecidos en los ordenamientos internacionales que velan por su bienestar y por el respeto a sus derechos humanos.
Aruba
En cuanto a las recomendaciones específicas en esta isla, se insta al gobierno de Aruba a crear un mecanismo de rendición de cuentas sobre los planes para combatir la trata de personas dentro de sus fronteras. Además, debido a la llegada masiva irregular de personas venezolanas, se sugiere aumentar el alcance de estas políticas, incluyendo en ellas un enfoque hacia las problemáticas específicas de estos grupos y su situación de vulnerabilidad ante las redes de trata presentes en el país. En primer lugar, se debe fortalecer el acceso a los procesos de regularización a través del mecanismo de asilo vigente en la isla, el cual, según lo reseñado en esta investigación, presenta ciertos obstáculos en su implementación y eficacia, o crear un mecanismo paralelo de protección temporal –como los puestos en marcha en Colombia y Estados Unidos– para asegurar el acceso a las instituciones. En segundo lugar, es necesario suscitar planes especializados para identificar y atender a la población venezolana que vive en Aruba, ya que al no haber un adecuado monitoreo de los movimientos no es posible hacer la formulación pertinente de planes de atención y de respuesta a sus condiciones.
Curazao
Por su parte, Curazao es el país que más alarmas ha suscitado en cuanto a la atención a las personas migrantes venezolanas. Por lo tanto, se insta a las autoridades responsables a crear políticas especializadas para identificar y atender a estos grupos, dado que esta es la locación más afectada por la llegada ilegal de personas venezolanas. Del mismo modo, es impostergable revisar las prácticas y el accionar de las y los funcionarios migratorios, ya que reiteradamente cometen violaciones contra los derechos humanos de las y los migrantes provenientes de Venezuela. Asimismo, es determinante evaluar su política de detención y devolución de personas migrantes, pues en este estudio se ha comprobado que su aplicación en la actualidad sólo invisibiliza a estas personas en situación de vulnerabilidad y aumenta las probabilidades de que caigan en redes de trata. Por último, ante la cantidad de venezolanas y venezolanos en el país, se recomienda evaluar la aplicación de planes de regularización accesibles, de acuerdo con el artículo 3º del Convenio Europeo de Derechos Humanos –el cual impide la deportación si ésta representa un peligro para la persona migrante– con el fin de insertar a esta población formalmente en los sistemas de salud, educación y seguridad y así garantizar la protección mínima que como seres humanos les es debida.
Bonaire
También se recomienda a las autoridades de Bonaire publicar periódicamente datos de la llegada de migrantes a su territorio, ya que como se evidenció en la presente investigación, existe una importante opacidad alrededor de este tema. Sería pertinente publicar los informes sobre la llegada de las personas venezolanas a la isla y que éstos puedan servir como instrumento para solicitar apoyo internacional, con el fin de atender adecuadamente a esta población. Cabe señalar que al evaluar la situación de las personas migrantes de origen venezolano ésta no se pudo verificar a cabalidad debido a la falta de datos actualizados, por ello es imperativo generar planes de identificación, presentar informes públicos sobre sus condiciones y colaborar con órganos internacionales para atender sus necesidades. Por último, es necesario hacer accesibles los mecanismos de regularización para la población venezolana.
Recomendaciones generales
De manera general, se subrayan los casos de discriminación contra la población venezolana migrante en las islas ABC, que representan violaciones graves a los derechos humanos. Se recomienda a los gobiernos de las Antillas Neerlandesas revisar el actuar de las y los funcionarios de inmigración hacia esta población, ya que es inaceptable que tales abusos estén ocurriendo de forma reiterada.
A manera de recomendación también se insta a los organismos competentes de las islas de Aruba, Bonaire y Curazao a velar por la implementación eficiente de proyectos basados en la cooperación y el entendimiento, que permitan asistir a la población migrante venezolana –como el Memorándum de Entendimiento para los Países del Reino de los Países Bajos– pero direccionarlos hacia la atención de la población migrante, la venezolana específicamente. Además, se recomienda la revisión de la implementación de los planes que buscan combatir los crecientes índices de trata de personas en las islas, pues si bien su diseño parece promisorio, aquellas poblaciones vulnerables siguen estando en riesgo de ser víctimas de este fenómeno.
* Licenciada en Estudios Liberales por la Universidad Metropolitana (Unimet) en Caracas, Venezuela. Investigadora para el Centro de Derechos Humanos de la Unimet. Actualmente cursa un Máster en Ciencias Políticas y Organizaciones Internacionales en la Universidad de Leiden en Holanda.
** Licenciada en Estudios Liberales por la Unimet. Asistente de la Unidad de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos del Centro de Derechos Humanos de la Unimet.
La opinión expresada en este texto es responsabilidad exclusiva de las autoras, por lo que no refleja necesariamente la postura de las instituciones en las que colaboran.
VIII. Fuentes de consulta
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1 Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, A/RES/55/25, 15 de noviembre de 2000, https://tinyurl.com/3x5ufny2 (Fecha de consulta: 15 de septiembre de 2021).
2 Grupo Interinstitucional de Coordinación contra la Trata de Personas. “¿Cuál es la diferencia entre la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes?”, 2016, https://tinyurl.com/395p7399 (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
3 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Los derechos humanos y la trata de personas (Nueva York y Ginebra: OACNUDH, 2014), https://tinyurl.com/h7jammva (Fecha de consulta: 15 de enero de 2022).
4 “Dentro de la definición de crisis humanitaria existe una ´clasificación´ y es la emergencia política compleja, causada por el ser humano. Tienen una característica particular por ser más prolongadas en el tiempo, eje medular político y afecta considerablemente todos los ámbitos de la vida humana.” Véase Transparencia Venezuela y Observatorio de Misiones, “¿Crisis humanitaria o emergencia compleja en Venezuela?”, 15 de mayo de 2017, 1, https://bit.ly/3zhKubcm (Fecha de consulta: 19 de enero de 2022).
5 Lorena Mesa y Manuel Espinel, Movilidad Migratoria Sur Sur: condiciones sociosanitarias de mujeres migrantes en situación de prostitución en el espacio fronterizo de Colombia-Venezuela. V Dossier de Salud Internacional Sur Sur (Buenos Aires: CLACSO, 2020), 6, https://tinyurl.com/2fas6y2b (Fecha de consulta: 19 de enero de 2022).
6 Islas Aruba, Bonaire y Curazao.
7 Organización Internacional del Trabajo y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Migración desde Venezuela: oportunidades para América Latina y el Caribe-Estrategia regional de integración socioeconómica (OIT-PNUD, 2021), 14, https://tinyurl.com/5rbmhcum (Fecha de consulta: 19 de enero de 2022).
8 Encuesta Nacional de Condiciones de Vida, “Pobreza”, https://tinyurl.com/3ujf542s (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
9 Red Agroalimentaria de Venezuela, Observatorio Venezolano de Salud y Fundación Bengoa, Emergencia humanitaria compleja en Venezuela, Derecho a la alimentación. Reporte nacional (Venezuela: Observatorio Venezolano de Salud, 2018), https://tinyurl.com/dvxv5xse (Fecha de consulta: 15 de mayo de 2022).
10 Observatorio Venezolano de Salud, “El sistema de salud en Venezuela”, 2016, https://tinyurl.com/44ku9df3 (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2022).
11 Efecto Cocuyo, “Fedecámaras afirma que 370 mil empresas han cerrado en Venezuela desde 1998”, julio de 2019, https://tinyurl.com/2he6cf95/ (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
12 Encuesta Nacional de Condiciones de Vida, “Pobreza”.
13 Plataforma de Coordinación para Refugiados y Migrantes de Venezuela, “Refugiados y migrantes de Venezuela”, 2021, https://tinyurl.com/x59pbrhx (Fecha de consulta: 15 de mayo de 2022).
14 Organización de los Estados Americanos, “Nuevo informe advierte que el número de refugiados y migrantes venezolanos podría ascender a 7 millones en 2021”, 29 de diciembre de 2020, https://tinyurl.com/temh7axu (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
15 Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, adoptado en Nueva York el 15 de noviembre de 2000, https://tinyurl.com/wjj5k27w (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2021).
16 Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Global Migration Group, Principles and Guidelines Supported by Practical Guidance, on the Human Rights Protection of Migrants in Vulnerable Situations (Suiza: OACNUDH), https://tinyurl.com/yfuk5zh2 (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
17 BBC Mundo, “Crisis de Venezuela: Aruba, Bonaire y Curazao, las islas ABC que dan a Holanda un papel clave en el desafío de Guaidó a Maduro”, febrero de 2019, https://tinyurl.com/2hzfe2by (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
18 En Curazao se han evidenciado casos donde a las personas migrantes se les impide acceder a una entrevista con las y los funcionarios de inmigración para iniciar su solicitud de asilo, lo cual ha dado lugar a expulsiones masivas. Véase Correspondent, “Curaçao violates European Convention on Human Rights”, en Curaçao Chronicle, diciembre de 2019, https://tinyurl.com/2wxk3hc9 (Fecha de consulta: 16 de noviembre de 2021).
19 International Organization for Migration, Exploratory Assessment of Trafficking in the Caribbean Region: The Bahamas, Barbados, Guyana, Jamaica, The Netherlands Antilles, St. Lucia, Suriname and Trinidad and Tobago, Second edition (Suiza y Estados Unidos: OIM, 2010) 26, https://tinyurl.com/kr9dxrw (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2022).
20 Organización de los Estados Americanos, “Tráfico de humanos en países del Caribe. Centro de atención de la OEA”, 15 de marzo de 2005, https://tinyurl.com/bdprevvz (Fecha de consulta: 13 de mayo de 2022).
21 Interpol, “Centenares de víctimas de trata de personas rescatas en las Américas”, 30 de abril de 2018, https://tinyurl.com/yymxtc3s (Fecha de consulta: 13 de mayo de 2022).
22 Ministerie van Justitie en Veiligheid, "Aan de Voorzitter de Tweede Kamer der Staten-Generaal", 2021, https://tinyurl.com/j4nz52uc (Fecha de consulta: 15 de mayo de 2022).
23 [Traducción propia de: Naar aanleiding van eerdere rapporten zijn flinke stappen gezet in het verbeteren van de informatiepositie, onder andere door de invoering en operationalisering van het themaregister in Caribisch Nederland]. Ministerie van Justitie en Veiligheid, "Aan de Voorzitter de Tweede Kamer der Staten-Generaal".
24 Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes, “RMRP 2021, Aruba”, 2021, https://tinyurl.com/4se6x4y6 (Fecha de consulta: 18 de mayo de 2022).
25 Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes, "Trafficking in Persons Caribbean RMRP. Background Notes-Trafficking in Persons”, julio de 2020, https://tinyurl.com/a4rz2nw3 (Fecha de consulta: 15 de mayo de 2022).
26 Leticia Maduro, A Situational Analysis of Aruba’s Response to Human Trafficking (Suiza: IOM, 2013), https://tinyurl.com/4558ppkz (Fecha de consulta: 12 de noviembre de 2021).
27 Habri bo wowo, “Otro banda di lama”, https://tinyurl.com/e3477x28 (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
28 Maduro, “A Situational Analysis of Aruba’s Response to Human Trafficking”.
29 Artículos 2:239 a 2:240 y 2:47; y Gobierno de Aruba, Código Penal de Aruba, 2021, https://tinyurl.com/y7b5jzc4 (Fecha de consulta: 13 de mayo de 2022).
30 Gobierno de Aruba, Código Penal de Aruba.
31 Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: Países Bajos, Adición. Información proporcionada por el Gobierno de los Países Bajos sobre el seguimiento de las observaciones finales del Comité (CEDAW/C/NLD/CO/5), CEDAW/C/NLD/CO/5/Add.1, 24 de mayo de 2012. https://tinyurl.com/2p8zfz3b (Fecha de consulta: 17 de mayo de 2022).
32 Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, Trafficking in Persons Report. 20Th Edition (Estados Unidos: Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, 2020), 81, https://bit.ly/3mfqzSy (Fecha de consulta: 17 de mayo de 2022).
33 Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, Trafficking in Persons Report. 20Th Edition, 80.
34 Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes, “RMRP 2021, Curacao”, 2021, https://tinyurl.com/mys9n526 (Fecha de consulta: 17 de mayo de 2022).
35 Jackelin Díaz, “Deportación en Curazao: la cacería de venezolanos en el inicio del año”, El Diario. Secc. Mundo, 15 de enero de 2020 (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2021). Véase también Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”, 9 de septiembre de 2018, https://tinyurl.com/z6vbcmjt (Fecha de consulta: 17 de mayo de 2021).
36 International Organization for Migration, Exploratory Assessment of Trafficking in the Caribbean Region: The Bahamas, Barbados, Guyana, Jamaica, The Netherlands Antilles, St. Lucia, Suriname and Trinidad and Tobago, Second edition, 34.
37 Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes, "Trafficking in Persons Caribbean RMRP. Background Notes-Trafficking in Persons".
38 The Borgen Project, “Human Trafficking in Couraçao”, 28 de noviembre de 2021, https://tinyurl.com/3spnmuym (Fecha de consulta: 14 de mayo de 2022).
39 Advisory Committee on Migration Affairs, The Kingdom of the Netherlands and the International Protection of (Asylum) Migrants. Allocation of Responsibilities and Opportunities for Cooperation (La Haya: ACVZ, 2019), 18-21, https://bit.ly/3t8YaB9 (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2022).
40 Izza Leghtas y Jessica Thea, Ocultos y asustados. Los venezolanos en situación irregular y sin protección en la isla caribeña holandesa de Curazao (Washington, D. C.: Refugees International, 2019), 7, https://tinyurl.com/57xtaa89 (Fecha de consulta: 17 de mayo de 2022).
41 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección. a personas venezolanas en Curazao”.
42 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
43 Departamento de Estado de Estados Unidos, Trafficking in Persons Report: June 2019 (Estados Unidos: Departamento de Estado de Estados Unidos, 2019), 166, https://tinyurl.com/29rbpur5 (Fecha de consulta: 12 de mayo de 2022).
44 Devon Cone and Melanie Teff, “En busca de seguridad: hacer frente a la explotación sexual de mujeres y niñas venezolanas” (Washington, D. C.: Refugees International, 2019), 23, https://tinyurl.com/5b9d8dwn (Fecha de consulta: 18 de mayo de 2022).
45 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, adoptada por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el Estatuto de los Refugiados y de los Apátridas (Naciones Unidas) en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951, https://www.acnur.org/5b0766944.pdf (Fecha de consulta: 18 de mayo de 2022).
46 Advisory Committee on Migration Affairs, The Kingdom of the Netherlands and the International Protection of (Asylum) Migrants. Allocation of Responsibilities and Opportunities for Cooperation.
47 Leghtas y Thea, Ocultos y asustados. Los venezolanos en situación irregular y sin protección en la isla caribeña holandesa de Curazao, 10.
48 Tal Cual, “A partir del #15Ene, venezolanos necesitan visa para entrar en Curazao, Aruba y Bonaire”, 14 de enero de 2021, https://tinyurl.com/pux5sdzh (Fecha de consulta: 20 de mayo de 2022).
49 Efecto Cocuyo, Cristofer García, “Cuatro días desaparecidas más de 30 personas que embarcaron de Falcón a Curazao”, 11 de junio de 2019, https://tinyurl.com/hmk4xr36 (Fecha de consulta: 20 de mayo de 2022).
50 Judith Valderrama, “Tráfico de Personas en alta mar: ‘los delincuentes piden víctimas a la carta’”, Diario de Los Andes, 27 de diciembre de 2020, https://tinyurl.com/xwte2n96 (Fecha de consulta: 20 de mayo de 2022).
51 Nombre que se les confiere a los bares en Curazao.
52 Leghtas y Thea, Ocultos y asustados. Los venezolanos en situación irregular y sin protección en la isla caribeña holandesa de Curazao, 21.
53 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
54 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
55 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
56 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
57 Advisory Committee on Migration Affairs, The Kingdom of the Netherlands and the International Protection of (Asylum) Migrants. Allocation of Responsibilities and Opportunities for Cooperation, 23.
58 CBS Statline, "Caribbean Netherlands; population, sex, age and nationality", 2021, https://tinyurl.com/jsk7ebkj (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2022).
59 Advisory Committee on Migration Affairs, The Kingdom of the Netherlands and the International Protection of (Asylum) Migrants. Allocation of Responsibilities and Opportunities for Cooperation”, 8.
60 Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, Trafficking in Persons Report. June 2021 (Estados Unidos: Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, 2021), 416, https://tinyurl.com/539k2fxt (Fecha de consulta: 12 de mayo de 2022).
61 Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, Trafficking in Persons Report. June 2021, 416.
62 Jurre van Marwijk, "Stuck in a Caribbean deadlock. The entrapment of Venezuelans refuguees in the Kingdom of the Netherlands" (tesis de maestría, Radboud University Nijmegen, 2019), 11, https://tinyurl.com/32vernxw (Fecha de consulta: 16 de enero de 2022).
63 Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: Países Bajos, Adición. Información proporcionada por el Gobierno de los Países Bajos sobre el seguimiento de las observaciones finales del Comité (CEDAW/C/NLD/CO/5), CEDAW/C/NLD/CO/5/Add.1.
64 Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, Trafficking in Persons Report. 20Th Edition.
65 Amnistía Internacional, “Países Bajos: Sin seguridad todavía: Niegan protección a personas venezolanas en Curazao”, 11 de octubre de 2021, https://tinyurl.com/9atw29af (Fecha de consulta: 16 de mayo de 2022).
66 Amnistía Internacional, “Curazao: Las autoridades siguen negando protección a quienes huyen de la crisis de Venezuela”, 11 de octubre de 2021, https://tinyurl.com/x4csjxdv (Fecha de consulta: 16 de noviembre de 2021).
67 Amnistía Internacional, “Países Bajos: Sin seguridad todavía: Niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
68 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
69 Amnistía Internacional, “Detenidos y deportados: niegan protección a personas venezolanas en Curazao”.
70 Van Marwijk, "Stuck in a Caribbean deadlock. The entrapment of Venezuelans refugees in the Kingdom of the Netherlands", 35.